Complemento de pago: Qué es y Cuándo se emite

¿Qué es el complemento de pago?

El complemento de pago es un comprobante fiscal digital que incorpora información especifica sobre pagos recibidos, que se genera cuando existen pagos en parcialidades o diferidos (PPD), originados por transacciones comerciales pactadas para su liquidación precisamente en pagos parciales o diferidos y formalizado previamente con la emisión de la factura electrónica correspondiente.

El complemento de pago es conocido también como complemento de recepción de pagos, este complemento no se emite cuando se realizan pagos en una sola exhibición (PUE).

Nota: Se considera pago en una sola exhibición cuando conoces la forma de pago y éste efectivamente se realiza antes de que debas presentar tus declaraciones mensuales.

El comprobante fiscal complemento recepción de pagos fue considerado para ser generado a partir del 1 de julio de 2017 con la versión 3.3 del CFDI y el 1 de septiembre de 2018 su incorporación fue obligatoria.

¿Cuándo se emite el complemento de pago?

Existen 2 supuesto cuando se debe realizar el complemento de pago:

  1. Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición o
  2. Cuando se realice el pago de la contraprestación en una sola exhibición, pero ésta no sea cubierta al momento de la expedición del CFDI (factura electrónica)
    • incluso cuando se trate de operaciones a crédito y estas se paguen totalmente en fecha posterior a la emisión de la factura correspondiente.

Plazos de emisión o generación

El comprobante fiscal complemento de pago se generará, con un máximo de tolerancia al día 10 del mes siguiente a la fecha en la que se haya hecho el abono.

De forma más especifica, el contribuyente que genero el CFDI por el cual recibió el pago parcial o diferido deberá emitir el complemento de pago o pagos a más tardar el día 10 natural del mes siguiente en que recibió el pago.

Por ejemplo, si se recibió un pago el 4 de abril, se deberá generar a mas tardar el correspondiente complemento de pago el día 10 de mayo.

Información que contiene en el complemento de pagos

El complemento de pago contiene básicamente los datos del emisor y recepto, así como datos propios del pago y el documento relacionado.

Información del Pago:

  • Fecha de pago
  • Forma de pago
  • Moneda de pago
  • Tipo de cambio (si aplica y conforme a la moneda registrada en el documento relacionado)
  • Monto pagado

Información de la factura que se paga (documento relacionado):

  • Folio fiscal del comprobante relacionado
  • Total pago(s)
  • Moneda de pago
  • Método de pago
  • Número de la parcialidad
  • Importe saldo anterior
  • Importe pagado
  • Importe del saldo insoluto

La nueva versión del complemento de pagos

Con la entrada en vigor del CFDI versión 4.0, la autoridad fiscal, también actualizo la versión del complemento de recepción de pagos.

Derivado de la reforma fiscal para 2022 el tanto el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y el Complemento de Pago tienen nuevas versiones, que estan vigentes a partir del 01 de enero del 2022, teniendo un periodo denominado por la autoridad de convivencia hasta el 30 de junio y siendo su uso obligatorio a partir del 1 de julio del 2022.

Las nuevas versiones de los comprobantes fiscales mencionados son:

El SAT publico en su portal de internet los lineamientos técnicos para cumplir con las nuevas disposiciones e implementación de la nueva versión 2.0.Puedes consultar el material de apoyo que creo el SAT aquí.

Consideraciones finales

El complemento de pago no aplica para asalariados ni para honorarios (excepto en el caso de que los honorarios se paguen de manera diferida).

Si no te emiten o emites el complemento de pagos, esto se pude reportar por medio del portal del SAT.

Sanciones

Las sanciones por no emitir este complemento son las mismas que por no expedir factura.

Objetivo

De acuerdo con el SAT, el objetivo del complemento de pagos es prevenir la cancelación de las facturas electrónicas (CFDI) por parte de los proveedores de forma injustificada o indebida.

Fundamento Legal

  • Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A.

Fuentes

Puedes obtener mas información sobre el complemento de pago en:

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