¿Qué es el ICSOE y quienes están obligados a presentarlo?

Si eres una persona física o moral que proporciona servicios especializados o ejecuta obra especializada, debes conocer el concepto de ICSOE, así como su utilidad y sobre todo, su cumplimiento.

¿Qué es el ICSOE?

ICSOE es la abreviación de Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados.

El ICSOE es un sistema digital de comunicación, administrado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y empleado por los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas para reportarán al IMSS la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada.

definicion de icsoe por el imss

Antecedentes

Con las modificaciones en materia de subcontratación laboral decretadas y publicadas en en el Diario Oficial de la Federación en abril de 2021, se encuentra la reforma al artículo 15-A de la Ley del Seguro Social, que establece la obligación de proporcionar, de forma cuatrimestral, información sobre los contratos celebrados por quienes presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas.

Tras su decreto y puesta en marcha, el primer envió de la información de los contratos celebrados por quienes prestan servicios especializados o ejecutan obras especializadas tuvo como fecha limite el 17 de septiembre de 2021.

Utilidad

La utilidad del sistema ICSOE es esencialmente ser el medio electrónico, disponible por internet en todo momento (24/7) para que los prestadores de servicios especializados o ejecutan obras especializadas cumplan con la obligación de informar al IMSS sobre los contratos que celebren, a fin de evitar sanciones.

Sanciones

Hablando de sanciones, y respondiendo a la típica pregunta del tipo ¿Qué pasa si no presento la informativa de los contratos celebrados?

De acuerdo con lo establecido en el artículo 304 A, fracción XXII y el artículo 304 B, fracción V, de la Ley del Seguro Social, las personas que no presenten o presenten fuera del plazo legal establecido la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate (artículo 15 A de la Ley del Seguro Social), el IMSS podrá imponer una multa equivalente al importe de 500 a 2000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

¿Quiénes están obligados a cumplir con el ICSOE?

Cómo ya se menciono, el ICSOE surge con la reforma en materia de subcontratación, como una obligación para todas las personas físicas o morales que se encuentren inscritos en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializada (REPSE), padrón público de contratistas de servicios u obras especializadas administrado por la Secretaria del Trabajo y Previsión Social.

¿Cuándo se debe presentar?

El ICSOE se presenta de forma cuatrimestral dentro de los primeros 17 días de los meses de mayo, septiembre y enero, hablando en términos de cuatrimestres, estas fechas corresponde en orden al primero, segundo y tercer cuatrimestre respectivamente.

Cuatrimestre Periodo que abarca el cuatrimestre Periodo de presentación
Primero Enero a Abril 1 al 17 de mayo
Segundo Mayo a Agosto 1 al 17 de septiembre
Tercero Septiembre a Diciembre 1 al 17 de enero

¿Qué información se presenta?

De conformidad con el articulo 15 A de la Ley del Seguro Social, las persona físicas o morales que preste servicios especializados o ejecute obras especializadas deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate, conforme a lo siguiente:

  1. De las partes en el contrato:
    1. Nombre, denominación o razón social;
    2. Registro Federal de Contribuyentes;
    3. domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal;
    4. correo electrónico y teléfono de contacto.
  2. De cada contrato:
    1. Objeto;
    2. periodo de vigencia;
    3. relación de trabajadores u otros sujetos que prestarán los servicios especializados o ejecutarán las obras especializadas a favor del beneficiario, indicando su nombre, CURP, número de seguridad social y salario base de cotización, así como nombre y Registro Federal de Contribuyentes del beneficiario de los servicios por cada uno de los contratos.
  3. Copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.

¿Cómo se presenta?

De forma muy simple, lo que debes hacer para informar sobre los contratos de servicios o ejecución de obra especializados celebrados en el periodo que corresponda es:

  1. Ingresar al Sistema de Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) en: https://s-icsoe.imss.gob.mx/gui-icsoe-web/auth/login
  2. Ingresar al sistema con tu e.firma (firma electrónica otorgada por el SAT, recuerda verificar la vigencia tu e.firma);
  3. Registrar la información de los contratos que hayas celebrado en el periodo a reportar;
  4. Registrar la información de las y los trabajadores con los que prestaste el servicio especializado o ejecutaste la obra especializada;
  5. Adjuntar la copia simple del registro para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obra especializada.
  6. Firmar la información proporcionada con tu e.firma
  7. Enviar la información

Como puedes notar, se trata de una actividad sencilla, pero quizá laboriosa y porque no, tediosa.

Si deseas ayuda para cumplir con esta obligación ICSOE, estamos a tus ordenes, somos un despacho contable en CDMX actualizado y a la vanguardia con esta actividad y otras relacionadas como puede ser la inscripción al REPSE.

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